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Jueves, 09 de Septiembre de 2010
NO AL PARO DEL TRANSPORTE !! RECHAZAMOS A LOS PRIVILEGIADOS QUE EN EL PASADO APOYARON DICTADURA.
Fecha de publicación: 03/03/2010
Fuente: cambio
 La Red Tinku se moviliza contra el PARO DEL TRANSPORTE y realiza mitines  yactos de protesta en la Plaza central de Cochabamba. Asiste !!
La Red Tinku se moviliza contra el PARO DEL TRANSPORTE y realiza mitines yactos de protesta en la Plaza central de Cochabamba. Asiste !!
Paro de choferes.-

Editorial de Cambio.

La Confederación de Choferes de Bolivia ratificó ayer el paro sectorial de 48 horas —entre hoy y mañana— con bloqueo de caminos en contra del Decreto Supremo Nº 0420 que sanciona incluso con la revocatoria definitiva de la licencia de conducir del chofer que sea sorprendido conduciendo borracho y penaliza a las empresas operadoras y propietarios de los omnibuses de servicio público que se vean involucrados en esa grave infracción. De tal decisión se desmarcaron la Federación de Choferes de Santa Cruz y el transporte interprovincial.

Es decir, la conducción en estado de embriaguez —establecida según normativa vigente— que provoque un accidente, la primera vez será penalizada con la suspensión por treinta días calendario de las operaciones de la empresa de transporte involucrada, la segunda vez será castigada con la revocatoria de las tarjetas de operación. En tanto que, para el propietario del ómnibus involucrado en ese ilícito, la primera vez las operaciones de su vehículo serán suspendidas por un año, y la segunda vez de manera definitiva.


Sobre la conducción en estado de ebriedad que no cause accidente alguno, el decreto señala que la primera vez la suspensión de operaciones de la empresa involucrada será por un día, la segunda vez será por diez días calendario, mientras la tercera vez esa suspensión de operaciones será por treinta días.

En tanto que para el propietario del ómnibus involucrado en ese ilícito, la primera vez las operaciones de su vehículo serán suspendidas por 30 días calendario, la segunda vez por un año, y la tercera vez se suspenderán sus operaciones de manera definitiva. En todos los casos se revocará definitivamente la licencia de conducir del chofer sorprendido en estado de ebriedad.

A todas luces, el Decreto Supremo Nº 0420 es una norma legal orientada a la defensa de la vida, y por eso sorprende que los dirigentes nacionales de los choferes sindicalizados y del transporte libre hayan asumido un paro de actividades y bloqueo de caminos, en una flagrante violación del interés colectivo de los bolivianos, porque la norma que rechazan ha merecido el absoluto respaldo de los usuarios, víctimas en circunstancias fatales de la irresponsabilidad de choferes borrachos.

Además, con el paro, los dirigentes —en la mayoría de los casos propietarios de vehículos del servicio público— también rechazan los derechos laborales de los choferes asalariados, por eso no admiten que todos los operadores de transporte automotor público terrestre de pasajeros deban presentar al Ministerio de Trabajo las planillas de sus trabajadores asalariados.

Este despacho identificó, mediante inspecciones sorpresa, que más del 80% de 179 empresas de transporte interdepartamental del país incumplen normas laborales como las ocho horas de trabajo y el pago de un salario digno. Hay denuncias sobre duras jornadas de trabajo de 12 ó más horas continuas que desempeñan muchos choferes asalariados, cuyas remuneraciones apenas alcanzan a 1.000 bolivianos mensuales.
Cuando la dirigencia de los choferes se resiste a asumir que los operadores, propietarios y conductores de los vehículos de transporte automotor público terrestre de pasajeros son corresponsables del desempeño del equipo de conducción y del mantenimiento de los vehículos, lo que hace en los hechos es alimentar la irresponsabilidad y el desprecio por la vida de sus pasajeros.
El artículo 15 de la Constitución Política del Estado establece con toda claridad que toda persona tiene derecho a la vida y a la integridad física, y que el Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar toda acción u omisión que degrade la condición humana y cause muerte dolor y sufrimiento físico. Y esto es precisamente lo que ocurrió con la actitud de algunos choferes que entre enero y febrero de este año protagonizaron una seguidilla de accidentes de tránsito que causaron más de 80 muertes y al menos 250 heridos.
Entonces, si la propia Carta Magna —norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano que goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa— prescribe la defensa de la vida, no es posible que un puñado de dirigentes del transporte imponga no sólo un paro ilegal, sino que pretenda bloquear las carreteras en un franco atentado al derecho constitucional de libre tránsito de todas y de todos los bolivianos.

Y tras el unilateral rompimiento del diálogo por parte de los dirigentes del transporte, el Gobierno, a través del ministro de Obras Públicas, Walter Delgadillo, aseguró que no permitirá el bloqueo de caminos y dispondrá de todos los mecanismos legales para garantizar la libre locomoción de la ciudadanía.

Una de las primeras medidas que será puesta en vigencia en las primeras horas de hoy será la suspensión inmediata de la tarjeta de operaciones de cualquier vehículo que se encuentre bloqueando las rutas del país. En este contexto, la dirigencia del transporte no debería olvidar que el Estado está obligado a intervenir para mantener la seguridad vial, regular el ejercicio libre del trabajo y la libertad de circulación para evitar que se lesionen intereses individuales o colectivos, pero fundamentalmente que se atente contra la vida.

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NO AL PARO DEL TRANSPORTE !! ASISTE A LOS ACTOS DE PROTESTA !!

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